MUNICIPIOS

INICIA ESTE VIERNES TRABAJOS PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL

+ Para ello se creara la Comisión Municipal para la Transmisión del Mando Gubernamental, encabezada por Presidente Entrante y Saliente así por lo menos tres regidores de las diferentes fracciones políticas.

+ Los trabajos serán asistidos por la Contraloría Municipal y la Oficialía Mayor

45 dias antes de la instalación del Ayuntamiento entrante las autoridades salientes deben iniciar un periodo de preparación para ello tendrán que apegarse a Reglamento de Entrega-Recepción de cada uno de los municipios de Colima.

La entrega-recepción es el procedimiento administrativo de interés público, cumplimiento obligatorio y formal, mediante el cual un servidor público que concluye su función hace entrega del despacho a su cargo al servidor público entrante que lo sustituye en sus funciones

Con este procedimiento entre otras cosas busca Garantizar la continuidad de la función pública, administrativa y de gestión mediante la transferencia ordenada, precisa y formal de los bienes, derechos y obligaciones del que es titular asi como la rendición de cuentas, transparencia, legalidad, veracidad, continuidad, objetividad, eficiencia, eficacia, imparcialidad y oportunidad.

El proceso de entrega-recepción está sujeto a un periodo de preparación de la transmisión del mando del gobierno municipal  que inicia entre los 50 y 45 días antes de la instalación del Ayuntamiento entrante

Si algún funcionario saliente se niega u omite algún tramite pueden tramitarse denuncias pertinentes o sancionarse con base en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Estan obligados a efectuar este proceso desde Presidente Municipal, Síndico, Regidores, Secretario del H. Ayuntamiento, Tesorero Municipal, Oficial Mayor, Contralor Municipal, Comisionado Municipal de Seguridad y Justicia Cívica, Directores Generales, Titulares de los órganos y dependencias de la Administración Pública Paramunicipal, Directores de Área, Jefes de Departamento y Jefes de Área

Es importante señalar que el servidor público saliente no deberá tener a su cargo saldos pendientes por ningún concepto, tales como viáticos, anticipos, gastos por comprobar, entre otros, presentando su Constancia de no adeudo; y en caso de que tenga a su cargo algún fondo revolvente, deberá reintegrarlo y solicitar el recibo correspondiente de la Tesorería Municipal.

El servidor público que sin causa justificada deje de cumplir la obligación de realizar el procedimiento de entrega- recepción, podrá ser apercibido para que cumpla con esta obligación y, en su caso, será sujeto a las siguientes sanciones administrativas:

1.            Amonestación pública o privada;

2.            Suspensión del empleo, cargo o comisión hasta por 30 días naturales;

3.            Destitución de su empleo, cargo o comisión, e

4.            Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un mínimo de tres meses y hasta por un año.

Todo esto independientemente de las responsabilidades civiles y penales que de dicho acto se deriven.

La Comisión Municipal para la Transmisión del Mando Gubernamental estará integrada por cinco grupos de trabajo y serán:

1. Reglamentación, Jurídico, Organismos Descentralizados y Archivo

2. Hacienda Pública Municipal, Planeación, Programación y Presupuesto

3. Obra Pública, Desarrollo Urbano y Servicios Públicos

4.  Seguridad Publica

5. Sistemas e Informática

La Comisión concluirá sus funciones a más tardar diez días antes de la toma de posesión de la nueva administración municipal y elaborará un informe detallado con el resultado de las acciones emprendidas, mismo que deberá ser entregado al Presidente Municipal en funciones y al electo, quien deberá hacerlo del conocimiento de los demás miembros del nuevo Cabildo, en su primera sesión ordinaria.

Con base en los informes de los grupos de trabajo y el informe final  al día siguiente de la instalación del ayuntamiento entrante, el ayuntamiento saliente deberá entregar las oficinas y fondos municipales mediante el corte de caja respectivo, los inventarios, así como los siguientes expedientes y documentación, que se señalan de manera enunciativa más no limitativa, firmados por los servidores públicos hasta esa fecha responsables de cada dependencia administrativa:

I.             EXPEDIENTE PROTOCOLARIO:

1.            Acta de entrega- recepción.

II.            DOCUMENTACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL

1.            Estado de situación financiera.

2.            Estado de ingresos y egresos.

3.            Estado de origen y aplicación de recursos.

4.            Corte de caja.

5.            Estado de ejercicio presupuestal.

6.            Relación de cuentas.

7.            Expedientes técnicos de obra para el siguiente ejercicio presupuestal.

8.            Obras en proceso de ejecución o finiquito.

9.            Anticipo de obra pendiente de amortizar.

10.          Presupuesto operativo por dependencia.

11.          Deuda pública.

12.          Cuentas bancarias.

13.          Cheques pendientes de entrega.

14.          Póliza de fianza.

15.          Documentos por cobrar.

16.          Cuentas por Cobrar.

17.          Pasivos.

18.          Respaldos de libros de contabilidad.

19.          Ingresos por aplicar.

20.          Padrón de impuesto predial.

21.          Fondos revolventes.

III.          DOCUMENTACIÓN PATRIMONIAL.

1.            Bienes de almacén.

2.            Expedientes en archivo.

3.            Bienes inmuebles propios.

4.            Bienes inmuebles propiedad del municipio en arrendamiento o comodato.

5.            Bienes inmuebles propiedad de terceros en arrendamiento o comodato.

6.            Bienes inmuebles donados condicionados.

7.            Bienes muebles propios.

8.            Bienes muebles a disposición de la Dirección de Recursos Materiales y Control Patrimonial.

9.            Bienes muebles extraviados. Que deberán ir acompañados de una copia de la denuncia presentada ante la Fiscalía correspondiente, el aviso a la unidad investigadora de la Contraloría Municipal, o cualquier otro documento que acredite lo anterior, según corresponda.

10.          Bienes muebles propiedad del Municipio en arrendamiento o comodato.

11.          Bienes muebles propiedad de terceros en arrendamiento o comodato.

12.          Equipo de transporte propio.

13.          Equipo de transporte a disposición de la Dirección de Recursos Materiales y Control Patrimonial.

14.          Equipo de transporte propiedad del Municipio en arrendamiento o comodato.

15.          Equipo de transporte propiedad de terceros en arrendamiento o comodato.

16.          Sellos oficiales.

17.          Armamento oficial.

18.          Llaves de acceso.

IV.          EXPEDIENTES DIVERSOS:

1.            Plantilla de personal.

2.            Informe de obras.

3.            Acuerdos de cabildo pendientes de cumplir.

4.            Relación de asuntos en trámite.

5.            Juicios en proceso.

6.            Relación de convenios suscritos con el Estado o la federación.

7.            Inventario de bienes ajenos en proceso administrativo de ejecución.

8.            Avances y certificaciones de programas o proyectos específicos de mejora continua.

9.            Expedientes de Comités Institucionales.

10.          Expedientes de obra terminada y obra en proceso.

11.          Expedientes de ejecución de fondos y recursos federales o federalizados transferidos.

12.          Expedientes de adquisiciones.

13.          Expedientes de apoyos a beneficiarios de programas.

14.          Expedientes de eventos cívicos culturales, artísticos o de otra índole, ejecutados por la dependencia municipal.

15.          Inventarios, expedientes y estatus de auditorías practicadas por entidades de fiscalización externas e internas, así como el estatus de las observaciones.

16.          Inventario, expedientes y estatus de las atenciones a las faltas administrativas.

17.          Inventario y registro de declaraciones patrimoniales de los servidores públicos municipales.

18.          Inventario de tecnologías de información, así como las claves de acceso para funcionamiento de software y la página web del municipio.

19.          Listado de sistemas electrónicos institucionales mediante los cuales el funcionario saliente interactúe o haya interactuado con otras dependencias municipales, estatales o federales, de los cuales deberá solicitar su baja o actualización de usuarios.

V.           EXPEDIENTES FISCALES:

1.            Padrón de contribuyentes.

2.            Inventario de formas valoradas.

3.            Arqueo y corte de formas valoradas.

4.            Relación de rezagos.

5.            Legislación fiscal.

Cálculo del finiquito del servidor público. La Oficialía Mayor girará instrucciones para que se formule el cálculo del finiquito y este se libere hasta que se consume el acto de entrega-recepción

FUENTE: Tomo 104, Colima, Col., Sábado 21 de Diciembre del año 2019; Núm. 91  pág. 2

Dado en el salón de Cabildo del Honorable Ayuntamiento, en la ciudad de Colima, Colima, a los seis 13 días de mes de diciembre del año 2019 dos mil diecinueve.  APRUEBA EL REGLAMENTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE COLIMA.