OPINION

INICIATIVAS EN LA CONGELADORA ES INCONSTITUCIONAL

Por Ángel Durán

Es común escuchar, a la mayoría de los y las legisladores en el Estado, decir que son altamente productivos al señalar que, son quienes más han presentado iniciativas de ley al Congreso para beneficiar a la población; de eso no hay duda de que se presentan una enorme cantidad de reformas a la ley o incluso a la Constitución local.

Lo que sin duda es importante, pero la mayoría después de su presentación ya no se sabe dónde quedaron, no se les da seguimiento y a esto comúnmente se le llama, que las metieron a la congeladora, ni siquiera se dictaminan, ni se discuten en el Pleno y menos se logra el objetivo de esa intención legislativa; esta omisión del y la legisladora, es inconstitucional a la luz de nuestro sistema legal que hoy tenemos.

Es natural, que los integrantes del órgano legislativo local, se preocupan por presentar iniciativas que seguramente en algunos casos lleva como objetivo resolver problemas de la sociedad; facultades y obligaciones que tienen de acuerdo a la Constitución Federal artículo 1º. y 116 y el artículo 1º. 33 y 39 de la Constitución colimense, además de los artículos del 83 al 93 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima y de los art. 122 al 128 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima.

Pero ¿qué cree? Desgraciadamente desde que se presenta una iniciativa, hay una costumbre legislativa en, que la iniciativa, se presenta, se presume mucho y luego ya no se vuelve a saber nada, es inconstitucional; quizá antes de junio de 2011 pasaba inadvertido.

Pero a partir de esta fecha, la Constitución Federal en su artículo 1º. Establece que, todas las autoridades, de acuerdo su competencia, tienen que hacer lo que la ley les obliga, en el caso de los y las diputadas del Congreso local tienen que obedecer tanto a la Constitución como a la ley; y resulta que, dicha legislación señala que, toda iniciativa que se presente, debe de enviarse de inmediato a las comisiones que les corresponda y ésta tiene que emitir el dictamen a más tardar durante 30 días, en un sentido o en otro, pero lo tiene que hacer.

Si no lo hacen, entonces están violando; tanto la Constitución como la ley y esa conducta, se conoce como omisión legislativa, que en muchas ocasiones puede causar daños a la sociedad, por no tener una legislación adecuada para resolver los problemas y es ahí es donde se torna inconstitucional el quehacer legislativo.

El Congreso local, cuenta con una buena cantidad de abogados y abogadas que no desconocen de lo que estoy hablando; ojalá, entraran a una dinámica del respeto al derecho constitucional y legal, a fin de que este poder estatal, que es el que hace la ley, sea el primero que la cumple.

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