OPINION

LOS VALORES SE APRENDEN DESDE LA CASA – HUMANITAS

MAESTRA NIKOLA VARGOVA

A un lado de los problemas de la salud relacionados con esta pandemia anda caminando el otro problema que es más para preocupar, la inseguridad. Los asaltos de las tiendas o las gasolineras, o la incertidumbre que mismos vamos a ser víctimas de un asalto saliendo del banco, los muertos afuera de los bares o restaurantes que conocemos de nuestra vida diaria como los taqueros o los vendedores ambulantes de la comida, nos aparte del virus que todavía anda matando los miembros de nuestras familias, generó la preocupación diaria. Y la muerte de los reos dentro del reclusorio, la sociedad deja sin comentario adecuado, aunque queda cierto que llegaron cumplir allá su pena, pero no la de la muerte.

Comentarios, como que las personas fallecidas se estuvieron arreglando las cuentas, no forma la justificación legal de la presencia de los objetos prohibidos dentro del reclusorio. El Estado es el principal garantista de los derechos humanos de las personas y si persona condenada a la pena relacionada con la privación de la libertad fallece debajo de la vigilancia de la institución gubernamental, el Estado tiene su grado de participación en los hechos tan lamentables. El articulo 18.- párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “…El sistema penitenciario se organizara sobre la base del respeto a los derechos humanos.” Así mismo la Ley Nacional de Ejecución Penal establece en su articulo 9.- que las personas privadas de su libertad en un Centro Penitenciario, durante la ejecución de la prisión preventiva o las sanciones penales impuestas, gozaran de todos los derechos previstos por la Constitución y los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, siempre y cuando estos no hubieren sido restringidos por la resolución o la sentencia, o su ejercicio fuese incompatible con el objeto de estas”.

Cuando los adultos condenados a la pena fallecen de manera violenta en un reclusorio, no hay lugar para argumentar, que los valores se aprenden desde la casa. En este caso está fallando el sistema y finalmente el Estado mismo, porque no puede garantizar lo más fundamental, el derecho a la vida y también otros derechos de los presos como derecho a la integridad y la seguridad personal. La Reinserción Social del sentenciado tiene el objetivo de lograr cambio de la persona, a través del trabajo, capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte y procurar que no vuelva a delinquir observando los beneficios que para el prevé la ley. Por su momento parece, que cumplir este objetivo se cambia a la sentencia a la muerte. ¿Y que pasó con unos cuantos inocentes con la medida cautelar, que también están afectados por esta situación tan delicada? En las calles estamos viendo patrullas circulando prácticamente 24 horas, pero el miedo, la inseguridad y la desconfianza a las instituciones a vez de reducirse, se amplía cada día más.

La solución del problema de la existencia no está en el uso de la fuerza, la solución está en la aplicación de la política social del Estado hacia sus ciudadanos con el apego a las normas internacionales. La política social piensa en el ciudadano y le apoya en sus situaciones diarias. Las cárceles no desaparecen los problemas sociales, desaparecen a los seres humanos que por fin si fallecen en estos centros de reinserción social, sin investigación se considera su muerte como la parte de las acciones que realizaron afuera de la cárcel.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos expreso la preocupación en relación con la muerte violenta de 44 reclusos del Centro Penal Apodaca en el año 2012. Pasaron 10 años más y todavía no podemos garantizar derechos de las personas privadas de su libertad. Así como lo destaco la Comisión y también en relación con los tratados internacionales que México forma parte, el Estado debe adoptar todas las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de los reclusos. En este sentido tiene el deber fundamental de asegurar el control y la seguridad interna de las cárceles y no pueden de ninguna manera renunciar a este deber inherente. Las muertes de las personas que se encuentran debajo de la custodia del Estado según los estándares internacionales se deben investigar no únicamente para encontrar los posibles autores, sino también a aquellas autoridades que por acción u omisión pudieran haber tenido algún grado de responsabilidad. Con la confianza a las instituciones y con el respeto a los derechos humanos también podemos unir el tejido social, que por su momento esta tan herido y luego ya podemos argumentar, que los valores se aprenden en la casa.