COLIMA

Participará el INPI en la realización de la consulta del proyecto minero en Canoas

Ante la pretensión de la explotación de una mina en el Ejido de Canoas, Manzanillo, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) proyecta que se lleve a cabo una consulta para determinar si la comunidad aprueba o no el proyecto minero.

Lo anterior los señaló el titular del INPI Jalisco-Colima, Samuel Salvador Ortiz, quien refirió que el Instituto sólo fungiría como un órgano técnico en la realización de dicha consulta que levantaría la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Añadió que “hay mucha inconformidad por la comunidad, tanto en Jalisco como en Colima, por los casos en donde se han autorizado permisos completamente ilegales”.

Salvador Ortiz reconoció que la comunidad indígena de Canoas lleva varios años luchando por evitar la explotación de su territorio, y recordó que recientemente realizaron una marcha y un mitin ante la Semarnat para que no se apruebe el proyecto minero.

Agregó que la comunidad manifestó, a través de un acta de asamblea, tanto a la delegación de la Semarnat en Colima como a la titular del Medio Ambiente, María Luisa Albores González, su rechazo a la realización de dicha consulta programada entre sus habitantes sobre el proyecto minero Rufus 5.

Salvador Ortiz puntualizó que la consulta que se levantaría no significa dar el visto bueno al proyecto.

Ratificó que el INPI respetaría “completamente el derecho que manifiesta la comunidad. No nos vamos a imponer como Instituto, aunque no seamos directamente los encargados de realizar esta consulta, aunque la encargada es la Semarnat, nosotros solamente fungiríamos como órgano técnico”.

Añadió que espera visitar la comunidad de Canoas, Manzanillo, respetando sus tiempos. “Como responsable del Instituto en el estado, quiero escucharlos respetuosamente, y plantearles la propuesta de una consulta, en la que ellos finalmente pueden decidir si están o no de acuerdo con la mina”.

Manifestó que la consulta tiene dos fases: en la primera, la Semarnat tendría que informar sobre las implicaciones que tendría al realizarse la explotación mineral y sobre los derechos que gozaría la comunidad, y en la segunda, se levantaría la consulta.

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