MUNICIPIOS

GONZALO VERDUZCO PRESENTA INICIATIVA DE REFORMA EN LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL

El regidor del Ayuntamiento de Colima, Gonzalo Verduzco Genis presentó un punto de acuerdo en Sesión Ordinaria de Cabildo, en el que propuso la creación de los Órganos de Justicia Administrativa Municipales y la designación de los titulares de dichos órganos de justicia por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado, mediante la reforma correspondiente del artículo 120 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

Argumentó que  las disposiciones vigentes previstas en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima establecen que el nombramiento del titular de la Contraloría Municipal corresponde a cada Ayuntamiento, por conducto del Cabildo respectivo, a propuesta del Presidente Municipal.

Señaló que con el fin de que las Contralorías Municipales, en tanto Órganos Internos de Control de los gobiernos municipales, guarden autonomía e independencia en su integración, funcionamiento y resoluciones que dicten, y que su actuación se rija bajo los principios de certeza, legalidad y objetividad, se considera que el nombramiento de los titulares de las Contralorías Municipales deben ser realizados por el Honorable Congreso del Estado y no por los Honorables Cabildos, a propuesta de los respectivos Presidentes Municipales, a fin de evitar conflictos de intereses.

Indicó que solo mediante la implementación de un mecanismo de nombramiento ajeno a la participación e intervención de las propias autoridades municipales, esto es, cuya competencia corresponda a una autoridad externa y distinta a la municipal, se podrá garantizar que el conocimiento y la aplicación de sanciones por la autoridad municipal competente, Contralorías Municipales, con motivo de la comisión u omisión de faltas administrativas no graves por parte de los servidores públicos municipales, cumpla y haga realmente efectivo los fines del Sistema Estatal Anticorrupción y el tema de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y de los particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción.

Asimismo, se otorgará certidumbre y confianza en el cumplimiento de los principios y normas de la función pública y a la propia sociedad colimense, pues, los Órganos Internos de Control (OIC) deberán conocer y resolver sobre el desempeño de los servidores públicos municipales en materia de responsabilidades administrativas, entre ellos, los miembros del Cabildo:  Presidente Municipal, Síndico y Regidores, así como los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública municipal y paramunicipal, y demás servidores públicos municipales que la integran.

Aclaró que las Contralorías Municipales en su carácter de OIC en los gobiernos municipales, son la autoridad competente para conocer y resolver sobre las faltas administrativas no graves en que incurran los servidores públicos municipales y aplicar las sanciones correspondientes, además de calificar y determinar el carácter o naturaleza de las faltas administrativas.