OPINION

LOS MUNICIPIOS Y SU TAREA EN EL ÁMBITO EDUCATIVO

“Si no quieres que te mientan, no preguntes”
-WILLIAM SOMERSET .

Manuel Olvera Sánchez

Si bien es cierto en la última reforma realizada a la Ley General de Educación le marcan mayores atribuciones a las Autoridades Municipales es importante señalar que desde que se decreta esta nueva Ley, ya le marcaban tareas en materia educativa a los municipios.

 Es importante resaltar que la Ley General de Educación desde su promulgación en el año de 1993 en el Gobierno del presidente Carlos Salinas de Gortari, ya le señalaba a los municipios algunas obligaciones en materia educativa, pero algunas de ellas por su propia naturaleza eran poco gravosas en materia financiera, razón por la cual no representaban una inversión considerable.

 Para profundizar más en el tema debemos reconocer que los Municipios por ser la  autoridad gubernamental que día a día se encuentra en constante acercamiento con la ciudadanía, es quien vive de manera directa las múltiples carencias que enfrentan la ciudadanía, y más aún, en lo referente a materia educativa, razón por la cual  me parece una decisión acertada el involucrar a los municipios en la nueva ley, ya que este nivel de gobierno puede aportar demasiados conocimientos y experiencias para contribuir en la mejora de las necesidades y demandas educativas

 Hoy en día las nuevas disposiciones en materia educativa involucran y hacen participes a las autoridades municipales en lo relativo a ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.

 En lo que compete a lo relacionado con la autonomía de gestión, este es un apartado que falta precisar en la Ley General de Educación y en las normas complementarias, ya que no se señala el alcance que tendrá esta autonomía en México, y que por experiencias vividas en otros países es importante reflexionar sobre estos modelos de gestión.

 Existen antecedentes donde la autonomía de gestión con apoyo de las autoridades municipales ha resultado exitosa, ya que mejoran el aprovechamiento escolar, pero también se corre el riesgo de que, a través de la autonomía de gestión, se presente de manera muy marcada la brecha entre entidades o personas, cuyas condiciones cumplen con ciertas particularidades de su entorno y no se cumplan las metas esperadas.

En los casos en que las Autoridades Municipales presten servicios educativos de cualquier tipo o modalidad, cada entidad federativa tiene la obligación de dotar de los recursos suficientes, y estar en condiciones de cumplir con esa responsabilidad señalada en dicha Ley, renglón en que jugarán papel importante las sociedades de padres de familia, a las cuales habrá de preparar a fin de que coadyuven positivamente a la calidad de la educación que se busca.

 Dentro de lo señalado en el Artículo 70 de la Ley General de Educación obliga a crear un consejo Municipal de participación social en la educación integrado por las autoridades municipales, padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros distinguidos y directivos de escuelas, representantes de la organización sindical de los maestros, quienes acudirán como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, así como representantes de organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto social sea la educación, y demás interesados en el mejoramiento de la educación.

 De hecho, lo más crítico para los Municipios se presenta en lo señalado en este Articulo 70 ya que de la creación de dicho consejo se desprende que serán estos los encargados de gestionar ante el ayuntamiento y las autoridades educativas locales el mejoramiento de los servicios educativos, la construcción y ampliación de escuelas públicas y demás proyectos de desarrollo educativo en el municipio.

 Para nadie es desconocido que los Municipios no solo en nuestro Estado, sino en una cantidad muy representativa del resto del país, atraviesan por situaciones financieras poco favorables para que estén en condiciones de apoyar este tipo de compromisos que tienen hoy en día las Autoridades Municipales.

 Si bien es cierto que en Colima la infraestructura educativa no representa un problema mayor, si se debe reconocer las limitaciones que tienen los municipios para considerar recursos dentro de sus presupuestos de egresos para contribuir y satisfacer las necesidades que irán surgiendo a través de los consejos.

 Como una alternativa que permitiría en cierta medida a los Municipios tratar de satisfacer las necesidades en materia educativa que vayan surgiendo con el correr del tiempo, sería que la legislatura estatal procediera de dos formas:

 La primera consistiría en realizar algunas reformas en la Ley de Coordinación Fiscal, en lo referente a los porcentajes a percibir los municipios por concepto de participaciones federales.

 La segunda en crear un marco legal para que de esos excedentes que en su momento llegaran a recibir los Municipios producto de la reforma a los porcentajes, se establezcan las condiciones mediante las cuales sean fiscalizados y etiquetados esos recursos, con la finalidad de evitar que se apliquen a necesidades que no sean meramente educativas.

Claro que lo antes expresado es un reto enorme para los Municipios, pero no hay que dejar de lado los grandes potenciales que representan para la sociedad y en este caso en particular para la educación la participación de ellos en esta nueva etapa educativa de nuestro País.

 En el caso concreto de Colima todo indica que las condiciones están dadas para responder a los retos de los tiempos; pues se cuenta con un mandatario preocupado por el sector, un poder legislativo que no desconoce la importancia de la educación, y un secretario de educación con experiencia sindical y magisterial puesta de manifiesto.

La visión que tenías sobre mí, no la defraudare, eso me fortalece aún más, serás ese impulso para lograrlo.

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