MUNICIPIOS

DESARROLLO URBANO DE VDEA INTEGRA AL SECTOR PRIVADO Y ASOCIACIONES CIVILES

El pasado 7 de septiembre, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el nuevo reglamento para el Consejo Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Villa de Álvarez. Este órgano es el encargado de revisar la distribución de vialidades, obra pública, otorgar concesiones para su construcción, la municipalización de colonias, calles y demás temas relacionados con la urbanización del municipio.

Según lo publicado, el Consejo Municipal estará integrado por representantes de Instituciones académicas públicas o privadas, de los sectores social y privado, de asociaciones, barrios, comunidades o grupos indígenas y consejos ciudadanos o de participación social. Además, los integrantes del Consejo Municipal actuarán a título honorífico, por lo que no podrán cobrar o recibir retribución o emolumento alguno por su función.

Lo anterior, da cuenta de un consejo incluyente y diverso, que toma en cuenta a sectores públicos y privados que vigilen el correcto uso de recursos y que las obras sean de verdadera utilidad e impacto cuyos cargos serán integrados de la siguiente manera:

I.             Una Presidencia, que será representada por la persona titular de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento;

II.            Una Secretaría Técnica, que será representada por la persona el titular de la Dirección General de Desarrollo Municipal;

III.          Las y/o los Regidores Municipales integrantes de la Comisión de Cabildo de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Obras Públicas;

IV.          La persona titular de la Dirección General de Servicios Públicos Municipales;

V.           La persona titular de la Dirección General de Seguridad Pública, Tránsito, Vialidad y Protección Civil Municipal;

VI.          La persona titular de la Dirección de Área de Desarrollo Urbano Municipal;

VII.         La persona titular de la Dirección de Área de Ecología Municipal;

VIII.       La persona titular de la Dirección de Área de Catastro;

IX.          La persona titular de la Dirección de Área de Planeación y Programa de Gestión y Recursos;

X.            Tres personas representantes de las siguientes dependencias del Gobierno Estatal:

1.            Una persona representante en materia de Regulación y Ordenamiento Urbano de la SEIDUM;

2.            Una persona representante de la Subsecretaría de Movilidad; y

3.            Una persona representante del Instituto para el Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Gobierno del Estado de Colima (IMADES).

XI.          Una persona representante de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez (CIAPACOV);

XII.         Representantes de las siguientes dependencias del Gobierno Federal:

1.            Una persona representante de la SEDATU;

2.            Una persona representante de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA);

3.            Una persona representante de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); y

4.            Una persona representante de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

XIII.        Representantes de las siguientes Cámaras y Colegios:

1.            Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda, Delegación Colima (CANADEVI);

2.            Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, Delegación Colima (CMIC);

3.            Colegio de Arquitectos del Estado de Colima;

4.            Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Colima;

5.            Colegio de Valuadores del Estado de Colima;

6.            Colegio de Profesionales en Valuación del Estado de Colima;

7.            Colegio de Ingenieros Mecánicos, Electricistas y ramos afines del Estado de Colima.