Diaz Torrejón presentó respaldos de personas difuntas al IEE
(Redacción Hechos)
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) concluyó que debido a que los aspirantes Gerardo Galván Pinto y Agustín Díaz Torrejón no cumplieron con lo ordenado por el Código Electoral, el Reglamento de Candidaturas Independientes y demás normativa aplicable; no es procedente su registro como candidatos independientes; e incluso el último ciudadano mencionado renunció a su aspiración de candidato independiente, por lo que se determinó su cancelación a dicho proceso.
Cabe destacar que de la revisión realizada por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral (INE), emanó que existe el registro de 86 (ochenta y seis) respaldos de personas difuntas, de los cuales 69 (sesenta y nueve) fueron presentados por el ciudadano Agustín Díaz Torrejón.
La irregularidad expuesta representa una conducta que pudiera actualizar alguna de las hipótesis previstas en la legislación penal electoral e incluso constituir un delito electoral, que pudiera vulnerar el bien jurídico tutelado que constituye el adecuado proceso electoral, para que por medio de éste se exprese la voluntad del pueblo soberano para designar a sus representantes; por lo que se instruyó a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, dar vista a la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FEPADE) para los efectos legales a los que haya lugar.