GOBIERNO FEDERAL DA EXENCIÓN DE SEIS MESES DE LA TASA DE 42 DÓLARES PARA PASAJEROS EXTRANJEROS EN CRUCEROS TURÍSTICOS
El gobierno federal cedió ante las inconformidades de la tasa de 42 dólares por pasajero de cruceros establecida en la Ley Federal de Derechos para este año y emitió un decreto para aplicar una exención del 100 por ciento a este impuesto.
En principio se había tratado de igualar el tratamiento fiscal con aquellos extranjeros que ingresan al país vía aérea y que sí pagan los derechos respectivos por el servicio migratorio, además el costo que implica la prestación del servicio es el mismo.
Con la independencia con la vía de ingreso de los extranjeros al país de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, sin embargo, considerando que las embarcaciones que prestan servicios de cruceros transportan un gran número de turistas extranjeros que ingresan al país con fines recreativos y considerando los itinerarios de cruceros que estos suelen planearse y venderse con anticipación por las empresas de transporte internacional de pasajeros marítimos, resulta necesario otorgar un beneficio fiscal a esos visitantes extranjeros, eso explicó el documento.
También se argumenta que la implementación del cobro para los turistas de cruceros implementado por el Congreso implicaba contar con los mecanismos adecuados que utilicen la cesión de derecho y eviten dificultades operativas para la eliminación de la exención a los turistas extranjeros.
Por tanto, dijo, como medida de apoyo al sector turístico resulta conveniente otorgar un estímulo fiscal a los pasajeros extranjeros que ingresan al país vía marítima a bordo del crucero consistente en una cantidad equivalente al 100 por ciento del derecho relativo a la recepción, estudio de la solicitud y en su caso la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas en el artículo segundo transitorio del decreto que precisa que será aplicable únicamente durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio correspondientes al ejercicio fiscal del 2025.
La implementación de la tasa de 42 dólares por pasajero había desatado una ola de críticas en el sector, no solamente por la afectación al turismo, sino porque parte de los ingresos obtenidos por este impuesto se destinará al ejército y no a mejorar las instalaciones portuarias.
De implementarse esta medida colocaría a los principales destinos mexicanos entre los más caros del mundo afectando severamente a la competitividad del país frente a los destinos de El Caribe, esto ya lo había mencionado la Asociación Mexicana de Agentes Navieros el pasado 30 de noviembre.