SEGURIDAD

LA COMISIÓN DE JUSTICIA DE GOBERNACIÓN NO NOMBRA AL FISCAL ANTICORRUPCIÓN: IGNACIO VIZCAÍNO

El diputado Ignacio Vizcaíno, presidente de la Comisión de Responsabilidades y secretario en la Comisión de Estudios Legislativos Constitucionales y Justicia de Gobernación y Poderes, en el nombramiento del fiscal Anticorrupción, señaló que “dentro de la Comisión de Justicia Gobernación y Poderes, ahí según nuestros lineamientos jurídicos es esa comisión la que debe conocer en este caso particular del procedimiento que se lleva, pero no para nombrar, sino para recibir las propuestas que el Ejecutivo debe hacer, según el procedimiento que tenemos vigente, llega a comisión y se da a conocer la o las propuestas que haya enviado el Ejecutivo, en este caso en particular solo envió una propuesta para fiscal Anticorrupción, nos enfocamos como comisión para valorar y ponderar si cumple o no los requisitos de forma, para poder llegar al fondo de un  posible nombramiento para este cargo”.

Comentó que todas las comisiones en el Congreso, sin excepción, tienen relación “podrían de acuerdo al desempeño o las obligaciones del su cargo como comisiones, utilizar en algún determinado momento un tema de anticorrupción o de combate a la corrupción, porque este último eslabón que hacía falta que se nombrara es perteneciente para integrar completamente el Consejo Estatal Anticorrupción, que un servidor en tribuna en la penúltima de las sesiones, me atreví hacer un posicionamiento solicitando al Ejecutivo del estado a través de un exhorto,  para que se diera dar cumplimiento a esa obligación de proponer a sus candidatos o candidato, en ese momento no fue votado a favor el exhorto, sin embargo a los días ya estaba la propuesta por parte del Ejecutivo en la comisión”.

En relación a juicio político, expresó que “cualquier ciudadano puede realizar denuncias mediante un escrito libre para poder llevar a cabo los señalamientos que así considere respecto de algún acto de violación por algún funcionario que estuvo en funciones o que está funciones, esto lo hacen a manera de solicitud del juicio político, que es específicamente lo que el Congreso del Estado a través de la Comisión de Responsabilidades y los diputados que integran la misma que son cinco van a conocer las solicitudes de juicio político”.

Sobre la omisión de funcionarios, comentó que “las leyes son muy claras, es la acción o la omisión, somos responsables todos los funcionarios públicos, no importa el nivel que traigas, no importa si fuiste electo popularmente o mediante el voto directo, o te invitó a trabajar X o Y funcionario superior a ti, todos los que estamos en activo tenemos la obligación de hacer y cuando no lo hacemos, viene el acto de omisión y también es punible o sancionable, debemos nosotros como sociedad comenzar a estar en el centro de las tomas de decisiones, yo comprendo que las personas estamos inmersos en nuestro día a día, cómo llevar la papa a la casa, cómo sacar adelante el día laboral, con los hijos, con el trabajo, pero si valdría la pena”.

Recordó que dejó como propósito de año nuevo “cinco minutos a los ciudadanos para valorar y para posteriormente pronunciarse en el tema de su comunidad, porque todos tenemos la tarea política de hacer o no hacer”.

Respecto al delito de ultrajes a la autoridad, explicó que “debemos de ponderar en términos generales que debe de existir desde el punto de vista de igualdad de derechos, porque hoy en día por así decirlo, está de moda o ha estado de moda los últimos 10 años el que por las redes sociales, una persona trae una manera de videograbar, de grabar, de todo este tipo de situaciones, se supone o a la interpretación coloquial de que ya todo es ultraje a la autoridad, cuando hay protocolos, por ejemplo de accionar por parte de los cuerpos policiacos, este tema si bien es cierto es un derecho consagrado, en el caso de Veracruz tengo entendido que no prosperó”.

Señaló que en Colima este delito todavía está vigente en el artículo 269 y dice que “quien ultraje a un servidor público en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de estas se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa por un importen de equivalente de 50 a 100 unidades de medidas de actualización, pero también dice que no se considera ultraje a la autoridad cuando se trate de una videograbación o tomas de fotográficas realizadas por un espectador en un espacio público”.

Aseguró que nosotros sí lo tenemos consagrado en una reforma con proyecto de decreto que se llevó a cabo en noviembre del 2016, por eso es que está vigente.