LOS DELITOS RELACIONADOS CON LA PRIVACION EN LA LIBERTAD – HUMANITAS
Mtra. NIKOLA VARGOVA
La libertad es uno de los bienes jurídicos más importantes para las personas. Estamos hablando de la libertad de expresión, libertad de tránsito, libre desarrollo de la personalidad y otras libertades siempre tomando en cuenta, que forman parte de nuestra libertad personal. Cuando no estamos libres como personas, no podemos adquirir ningún derecho más. Hace unos días estuvimos escuchando de unos “levantones”, que de manera corriente describen el acto de la privación en la libertad de la persona, pero porque si hablamos de los desaparecidos, ¿ya no nos interesa ese elemento tan fundamental? La misma ley nos señala que desaparición forma parte de los delitos relacionados con la privación en la libertad de la persona, que puede tener diferentes formas.
Personalmente creo, que estamos fallando en la tipificación de los delitos, que se refleja finalmente en el alto número de la impunidad. La privación ilegal de la libertad como tipo penal requiere, que un particular con o sin violencia prive a otra persona en su libertad y su comisión empieza en el momento de los hechos, aunque posteriormente la deja en la libertad. ¿Pero qué pasa si los agresores están detenidos tal vez por la persecución o por el trabajo de la inteligencia, pero la victima ya no la tienen en su poder? Muy difícilmente serán condenados en el proceso por la privación ilegal de la libertad, porque les falta prueba clave. La victima. Porque se desconoce si la mataron o entregaron o algún otro grupo delictivo o si simplemente no llego a la terminación del hecho en la forma planteada. Hay que tomar en cuenta las circunstancias de los hechos, porque si llego a la detención de los culpables antes de que concluyeran sus hechos, podría configurarse otro tipo penal, el secuestro o trata de personas. El hecho conocido como secuestro se configura en materia penal como la privación ilegal en la libertad con el fin de obtener beneficio para sí mismo o para un tercero en forma del rescate o cualquier otro beneficio, como por ejemplo con eso obligar a su familia realizar o dejar de realizar algún acto. También desconocido secuestro exprés, que esta usado para ejecutar el momento del robo o de extorción priva ilegalmente una persona de la libertad. La privación ilegal, aunque no llega a la terminación de los hechos en forma planteada la ley penaliza siempre como secuestro.
Desaparición forzada es una forma de la privación ilegal de la libertad, cuando está realizada por el Estado, que puede ser por cualquier servidor público directamente o autorizando a un particular realizar esta conducta. El impacto de este delito consiste en su continuidad, porque la gravedad de la violación de los derechos humanos por la corrupción, no permite que prescribe.
El fenómeno de la trata, como otra modalidad de la privación en la libertad con un fin especial, en el ambiente internacional por el número muy alto, aproximadamente 800 mil víctimas per año, se encuentra penalizado hasta en el nivel internacional porque su finalidad muchas veces trasciende territorio de un estado. La trata produce violación de varios derechos humanos a parte de la libertad personal, pero en el mayor grado se queda la violación casi irreparable de la dignidad humana de la víctima. Por tal razón se llevaron a crear diversos tratados como por ejemplo el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y la Explotación de la Prostitución (1949), que ocupan su aplicación horizontal, la coacción entre los protocolos, convenios y los Estados con sus servidores públicos.
El Protocolo Palermo como instrumento internacional que completa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional define la trata como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o recepción de una o más personas con fines de explotación, siempre y cuando se recurra a la coerción, fraude, engaño, abuso de poder, abuso de una situación de vulnerabilidad o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra. Aunque la trata es un problema que no distingue género o nacionalidad, llama la atención porque una de cada tres víctimas de trata son niñas y el mayor porcentaje de las víctimas son precisamente las mujeres. Lo que necesita nuestra sociedad, aunque Colima está en las estadísticas bajas en relación con la trata, es ver el tipo penal como tal, sus modalidades estableciendo la penalización de todas actividades ilícitas relacionadas con la trata porque su finalidad representa una amplia escala, desde los servicios sexuales, hasta los matrimonios forzosos. Todavía hay muchas cosas por hacer.
La libertad personal de una persona, como el bien más importante y protegido en el marco jurídico, puede ser ilegalmente privada con la comisión de diferentes tipos de los delitos, los hechos cambian la penalización y tal vez el protocolo que se aplica durante la investigación, pero el bien común protegido sigue el mismo. Así como la Constitución, el código mas importante de nuestra sociedad, permite únicamente la privación de la libertar previo a una resolución del juez, nuestros corazones no deberían permitir cualquier acto de este tipo con pura omisión que consiste en voltear la mirada y fingir que no somos humanos.