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NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DE PUERTOS REGULARÁ LAS TERMINALES MARÍTIMAS

Entró en vigor el nuevo reglamento de la Ley de Puertos, que actualiza las reglas para la operación, administración y vigilancia de las terminales marítimas, que desde diciembre del año pasado quedaron a cargo de la Armada, esto luego de la publicación de la Secretaría de Marina (Semar).

Este nuevo reglamento cuenta con 147 artículos, los cuales regulan las actividades de construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación, protección, formas de administración y prestación de servicios en los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, además indica los pasos a seguir para solicitar a la Semar la autorización para obras marítimas, portuarias o de dragado.

Se hace explícito que todo tipo de servicios portuarios deberán cumplir con las leyes en materia de trabajo, salud, protección civil y al medio ambiente.

Con este reglamento la Semar podrá otorgar concesiones para obras y servicios portuarios, pero siempre de acuerdo a los procedimientos, montos y porcentajes fijados por las autoridades hacendarias.

En cuanto a las tarifas de los servicios portuarios, el reglamento señala que estas deben favorecer las condiciones de competencia y en caso de inconformidades se podrá solicitar la intervención de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Este nuevo reglamento abroga al anterior que data desde 1994.