PROHIBIRÁN CONSUMIR DROGAS Y ALCOHOL EN LAS CARAVANAS DE MOTOCICLISTAS EN VILLA DE ÁLVAREZ
Deberán registrarse ante la Dirección de Vialidad las asociaciones o participantes
El Cabildo del ayuntamiento de Villa de Álvarez, analiza un punto de acuerdo para crear los Lineamientos para el Desarrollo de las Caravanas de Motociclistas en el municipio.
El análisis tiene como objetivo principal el correcto funcionamiento, actuar y en su caso, requisitos que deben cumplir todos y cada una de las personas participantes en esas caravanas.
La iniciativa plantea que esos contingentes cuenten con el acompañamiento de la dependencia municipal correspondiente, pretendiendo con ello evitar en lo posible accidentes viales que se susciten en el municipio por dichas caravanas o, en su caso, que la respuesta de emergencia sea inmediata.
Los lineamientos propuestos plantean el registro de las asociaciones o los particulares participantes en las caravanas de motociclistas, que de aprobarse en los términos presentados, deberán hacerlo ante la Dirección de Tránsito y Vialidad de Villa de Álvarez, debiendo cumplir, entre otros requisitos, con licencia de conducir o en su caso permiso, placas de circulación, tarjeta de circulación y equipo de protección.
Una vez presentada la solicitud y cumplidos los requisitos, la Dirección de Tránsito y Vialidad deberá dar respuesta a la solicitud, en el caso que sea afirmativa, deberá dictar las medidas necesarias para proporcionar el acompañamiento vial de la caravana, que se otorgará con la finalidad de salvaguardar la integridad de los participantes de la caravana, así como para verificar que se respeten las disposiciones reglamentarias correspondientes.
No se permitirá la participación en las caravanas a vehículos motorizados que presenten modificaciones que generen niveles de ruido mayores a los indicados por las autoridades en materia ambiental y se prohibirá que en el lugar de inicio o término de la caravana, se consuman bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes.
Requisitos que deben cubrir:
a) Designar una o un representante responsable del club o agrupación de motociclistas.
b) Lista de participantes con identificación oficial.
c) Número de participantes.
d) Recorrido que se pretende realizar.
e) Horario.
f) Documentos en regla de los participantes.
Licencia de conducir o en su caso permiso.
Placas de circulación.
Tarjeta de circulación (o permiso).
Equipo de protección (casco).
g) Llenado de formato único de solicitud presentado ante la Dirección de Tránsito y Vialidad municipal con una anticipación de por lo menos 48 horas, el cual se proporcionará por la Dirección competente.
Se deberán respetar los límites de velocidad establecidos, dependiendo la vialidad que sea solicitada para que se lleve a cabo la caravana de motociclistas.
Queda estrictamente prohibido que los participantes se presenten en estado de ebriedad, aliento alcohólico o bajo de los influjos de cualquier droga o estupefacientes.
Queda estrictamente prohibido conducir en forma negligente o temeraria efectuando maniobras que pongan en riesgo la integridad física del particular o de las o los participantes.