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¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY DE MOVILIDAD Y A QUIÉN BENEFICIA?

La recién aprobada por mayoría Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima que contiene 404 artículos y 26 transitorios, surgió de 13 iniciativas presentadas por diputados de diversos grupos parlamentarios y el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez.

De acuerdo al dictamen, el documento tiene por objeto establecer las bases y directrices para planificar, organizar, regular, ejecutar, controlar, evaluar y gestionar la movilidad de personas y bienes.

La nueva Ley regula el transporte privado por arrendamiento a través de aplicaciones tecnológicas, contempla los bici taxis, las bicicletas públicas y uno de los puntos más importantes es que limita la facultad del Gobernador del Estado para otorgar concesiones para el servicio de Transporte Público.

Como parte de los beneficios, se puede detallar que la nueva Ley de Movilidad hace más transparente el servicio para otorgar concesiones del servicio de transporte público por convocatoria.

BENEFICIOS INMEDIATOS:

*Las rutas cumplirán horarios y trayectos. Y se podrá hacer uso de la tecnología para monitorear autobuses.

*Habrá más oferta de transporte público. Bicitaxis, bicicleta pública, taxi ejecutivo, taxi ecológico y servicios en zonas donde no existe.

*No habrá más concesiones de taxis a cambio de favores políticos, ni para los amigos del Gobernador en turno.

*Calles para todos. Calles donde puedan circular con seguridad ciclistas, cruceros seguros para peatones y accesibilidad universal para todas las personas.

Con la ley de movilidad se beneficia a la sociedad al fomentar la transparencia, promover las redes ciclistas, ofrecer mejores servicios a los usuarios y privilegiar los derechos de los peatones y personas con discapacidad