PATRONES NO PUEDEN CONDICIONAR PAGO A TRABAJADORES SINO ENTREGAN LA CONSTANCIA FISCAL
Hay muchos mitos y desinformación sobre la Constancia de Situación Fiscal, algo que se vino a incrementar por los memes a través de las redes sociales, sin embargo, no es obligatorio su trámite y mucho menos que se pueda condicionar el pago de un sueldo al trabajador si éste no la entrega.
Dijo la contadora pública, Melyssa Mitantes, quien señaló que uno de los mitos respecto a este tema es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le solicita al patrón que a su vez solicite al trabajador el referido documento, para que el empleado la entregue al patrón y éste lo entregue al SAT.
Explicó que “no es tanto así, la Carta Constancia de Situación Fiscal es un documento que el patrón le solicita al trabajador para que se corroboren los datos fiscales registrados ante el SAT, es decir que sean los mismos datos y se pueda hacer el timbrado de la factura de manera correcta, donde debe coincidir los datos que ingrese al patrón en la factura a los registrados en el SAT por el trabajador, entonces el patrón no podrá hacer la deducibilidad de nómina”.
Indicó que esto ha llevado a que algunos patrones, les digan a sus trabajadores que de no entregar la carta, no podrán realizar el pago, lo cual no se puede condicionar.