MUNICIPIOS

AUTORIZA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ÁLVAREZ LICENCIAS PARA QUE OPEREN MOTOTAXIS

+El presidente municipal, Felipe Cruz, presentó “Los Lineamientos Generales para la Expedición de la Licencia de Prestación de Servicios de Transporte Alternativo en la Modalidad de Mototaxi”; en todo el municipio operarán 300 vehículos que prestarán el servicio en 4 sectores.

El pasado sábado 11 de julio del presente año 2020, el Cabildo del Ayuntamiento de Villa de Álvarez publicó un punto de acuerdo mediante el cual se hizo del conocimiento “Los Lineamientos Generales para la Expedición de la Licencia de Prestación de Servicios de Transporte Alternativo en la Modalidad de Mototaxi”, el cual fue analizado en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2020, y aprobado por mayoría, así como su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Colima.

El Documento firmado y avalado por el presidente municipal, Felipe Cruz, señala que el municipio se dividirá en 4 sectores, donde operarán en total 300 vehículos de este tipo.

Asimismo, indica que previamente se realizó un estudio por parte de la actual administración municipal, el cual demostró la necesidad de la población de tener otros medios de transporte, por lo que con esto se pretende satisfacer adecuadamente la demanda de la ciudadanía.

De igual forma, en el documento se especifica la asignación de las Zonas de Operación de Unidades de Transporte Alternativo. El sector 1 comprende los límites por las vialidades principales como el Libramiento Gobernadora, por las colonias Jardines del Llano, Leandro Valle, y Villas de la Tuna; Paseo de la Madrid Hurtado, por las colonias  Cruz de Comala, Jardines de Bugambilias, hasta el límite del Río Colima, por las colonias Arboledas del Carmen, Liberación, La Armonía, San Isidro, Santa Martha, Emiliano Zapata, José Ma. Morelos, La Haciendita, Alta Villa, Centro, Liberación, Francisco Hernández Espinosa, La Gloria, Lomas del Centenario, Juan José Ríos y Villas Colimán.

El sector 2 abarca los  límites por la Avenida Niños Héroes; colonias Ramón Serrano, Azteca, hasta el límite del municipio de Colima, por las calles Andador Ramón Chávez, paseo del Arroyo, en las colonias Manuel M. Diéguez, Santa 

También el ayuntamiento villalvarense se compromete a vigilar y regular este servicio, a través de la Jefatura de Tránsito y Vialidad del Municipio,  Santa Teresa, Villas Alamedas, Camino Antiguo, Villas Rancho Blanco, hasta el límite del municipio de Colima, por las colonias Tabachines, Los Senderos, hasta las colonias Puerta del Centenario, con límite en la Avenida Niños Héroes.

El sector 3 comprende los límites por la Avenida Pablo Silva, en las colonias Villas de Oro, Villas Providencia, hasta la Avenida Merced Cabrera; por las colonias el Haya, La Comarca, Vista Volcanes, Verde Valle, Palo Alto, El Espinal, Residencial Tulipanes; por la Avenida Niños Héroes, colonias Jardines del Centenario, Puerta de hierro, hasta la Avenida Pablo Silva, y la colonia Los Triángulos.

En el sector 4 se tienen contempladas las colonias El Ángel, Villas Bugambilias, Residencial Bosque Real, hasta el límite con el municipio de Colima; por las colonias Atenas Real Santa Fe, Las Colinas, Solidaridad, hasta Residencial Las Lagunas, calle Boca de Pascuales, Tecuanillo; por las colonias Colinas del Sol, hasta el libramiento Comala-Suchitlán, por las colonias, Colinas de la Cruz, Lindamar, colonia Real de Minas, hasta la vialidad Miguel de la Madrid y la colonia Colinas del Rey.

Lo anterior, con la finalidad de que las unidades de transporte alternativo no trasgredan el territorio de la zona que les haya sido asignada y deberán portar un distintivo especial para su ubicación, el cual puede consistir en diferenciar colores de los vehículos por zonas.

También se establece que el solicitante de la licencia para mototaxi deberá presentar por escrito su solicitud para la prestación del servicio, en la que establezca el número de motocarros que se destinarán, debiendo comprometerse a realizar el pago de la licencia colectiva.

Además deberá acreditar estar debidamente constituido como sociedad Cooperativa o como persona Física o Moral, siempre y cuando tenga como objeto social la prestación del Servicio de Transporte Alternativo, entre otros requisitos.

Una vez que se hayan reunido todos los requisitos de los puntos anteriores, serán turnados para su análisis en la Comisión Técnica de Transporte Alternativo Municipal, quien emitirá un dictamen de procedencia sobre la factibilidad de otorgamiento de la licencia en un término no mayor a 5 días naturales. 

A pesar de que en la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima no se incluye un apartado donde se hable específicamente de la prohibición u operatividad funcional de los mototaxis, la ley sí contempla el servicio de transporte público individual no motorizado, que se define como el transporte público que opera con vehículo de propulsión humana a pedales que puede contar con motor eléctrico.

Todo vehículo de transporte público de pasajeros deberán contar con seguro de viajeros y de daños a terceros.

El Reglamento de Tránsito y Vialidad establecerá las sanciones y medidas.

Cabe señalar que actualmente en cuatro municipios del estado, ya opera este tipo de transporte el cual es más económico.

En la comunidad de Cerro de Ortega, municipio de Tecomán, desde el 2016 circulan al menos 30 mototaxis.

En Cuauhtémoc este servicio funciona desde el 2017 y actualmente son más de 40 unidades; 15 la cabecera municipal, 15 en Quesería, 5 en el Trapiche y 5 en Alcaraces.

En Coquimatlán el servicio de mototaxis comenzó a operar en agosto del 2018, sin embargo, días después la secretaría de movilidad les recogió dos unidades. Meses después el servicio fue retomado y actualmente circulan al menos 15 unidades.

En Armería actualmente operan más de 5 unidades.