COLIMA

CONSEJEROS DE COLIMA INTERPONEN JUICIO CONTRA EL DECRETO QUE APROBÓ EL CONGRESO DEL ESTADO PARA REDUCIR SUS PERCEPCIONES

Los consejeros municipales electorales de Colima interpusieron en el Tribunal Electoral del Estado (TEE), un juicio en contra del decreto número 262 emitido por el Congreso del Estado, mediante el cual se aprobaron reformas al Código Electoral del Estado para reducir sus percepciones, lo cual incluye a sus compañeros y compañeras del resto del consejo estatal.

En la sesión del Tribunal Electoral se sometió a la consideración del pleno para su admisión o desechamiento ese juicio electoral radicado en el expediente JE-02/2023, aprobándose por unanimidad su ingreso.

El juicio electoral fue promovido por Carmen Karina Aguilar Orozco, Jessica Guadalupe Villarruel Vázquez, Celia Larios Álvarez, así como Arturo Govea Valencia y Gabriel Navarro Morales, integrantes del Consejo Municipal Electoral de Colima, en contra del Congreso el Estado y de la titular del Poder Ejecutivo, con motivo de la aprobación y publicación en el Periódico Oficial El Estado de Colima del decreto número 262.

Los consejeros afectados están solicitando la nulidad o inaplicación de la reforma que ordena que “las personas consejeras municipales electorales y sus titulares presidentes de la primera región (Colima, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez), recibirán como dieta de asistencia, el 20% menos de la percepción establecida para las personas servidoras públicas referidas en la fracción III de ese artículo transitorio”.

Lo mismo piden para la fracción que menciona que “las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales de la primera región (Colima, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez), percibirán el 20% menos que por concepto de dieta de asistencia se establece para las personas consejeras municipales electorales referidas en la fracción IV de este artículo transitorio”.

De igual manera, para la fracción que establece que “las personas consejeras municipales electorales y sus titulares presidentes de la segunda región (Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Armería, Ixtlahuacán y Minatitlán), recibirán de dieta de asistencia, el 10% más de las percepciones establecida para las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales referidas en la fracción V de este artículo transitorio”.

Piden no aplicar el transitorio que menciona que “las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales de la segunda región (Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Armería, Ixtlahuacán y Minatitlán), percibirán el 30% menos por concepto de dieta de asistencia se establece para las Consejeras Municipales Electorales referidas en la fracción VI de este artículo transitorio”.

Finalmente, se manifiestan en contra del quinto transitorio del decreto del Congreso que señala que “respecto a lo previsto en el artículo 125 del presente decreto, en lo referente a que durante el periodo interproceso no recibirán dieta de asistencia las personas que ocupen los cargos de Consejería Electoral Municipal, tal disposición entrará en vigor al día siguiente en que entre en vigor el presente decreto”.