EL PODER JUDICIAL NECESITA UNA SALA CONSTITUCIONAL
Es importante reflexionar, que, en cada entidad federativa y por supuesto que la nuestra no es la excepción, que, el poder judicial del Estado debe tener una sala constitucional, que vigile el respeto a la carta magna local.
No tenemos que preocuparnos por el aspecto económico, ni siquiera de nombrar a más personal, tampoco de hacer nuevos procedimientos para designar a nuevos magistrados o magistradas; sino que, basta que de los que ya existen y que conforman el pleno del poder judicial, se conforme una sala constitucional con tres integrantes; ellos deben de tener un perfil de conocimiento sobre constitucionalidad, principalmente de la carta magna local, de la Constitución federal y tratados internacionales de derechos humanos; porque esa es la característica del nuevo sistema normativo que tienen que utilizar como juzgadores constitucionales.
Lo anterior significa, que la creación de esta sala constitucional, no tiene ningún costo económico y sería de mucho beneficio contar con ella.
¿cómo entraría en funciones esta sala constitucional?, ante la denuncia de cualquier integrante del poder judicial, especialmente los jueces cuando al conocer sus asuntos, se den cuenta de la vulneración a la carta magna , o ante la denuncia de los integrantes de los otros dos poderes del Estado por la transgresión a la norma constitucional local, los integrantes de la sala constitucional, resolverían los conflictos donde la constitución local está siendo violentada.
Esto finalmente, beneficiaría a la sociedad colimense, pues, es importante resguardar el valor íntegro de lo que la Constitución local contiene, porque esta norma máxima colimense, tiene los derechos humanos más importantes de quienes integran el pueblo de esta entidad federativa y es por eso que, resulta ilógico, que siendo el documento más importante jurídicamente hablando, no hay quien la proteja, es por eso que, resulta indispensable crear esta sala constitucional; eso sí, tiene que ser una institución que forme parte del poder judicial, pero la designación de sus juzgadores y juzgadoras, tiene que ser a través de un procedimiento adecuado para que sea integrado con aquellos y aquellas juzgadoras que solamente cumplan los méritos y capacidades profesionales, además de tener demostrado autonomía e independencia en su forma de actuar y pensar.
Algunos estados de la República mexicana, ya han tenido salas constitucionales; sin embargo, podemos aprender de ese ejercicio democrático, -que empezó en el año 2000, primeramente en el estado de Veracruz y de ahí se fue extendiendo a otras entidades federativas- sin embargo, éstas no tuvieron mucho éxito, porque las integraron con juzgadores que no cumplían con los perfiles ni tampoco el conocimiento especializado en la materia constitucional y por eso no funcionó correctamente; sin embargo, en otros países está demostrado que, en los estados federados como en el caso de nuestro país, estas salas o tribunales constitucionales locales, son elementales para cuidar a las constituciones de las entidades federadas.